Mar 20, 2026 / 18:55

Suprema Corte da revés al IMSS, deberá pagar pensión de 90% a esta lista de jubilados bajo la Ley 73

Hay buenas noticias para los jubilados bajo la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pues luego de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se incrementarán los montos de pensiones en casos específicos, pues se estimó que se trasgredía el derecho a la igualdad al establecer diferentes porcentajes de pensión para cónyuges y ascendentes.

Esto en palabras sencillas quiere decir que no existe justificación para que los padres del asegurado reciban únicamente un porcentaje del 20% cuando no existen otros beneficiarios y tienen derecho a recibir el 90% de la pensión de la que gozaba el asegurado.

Corte avala aumento de Pensión a padres

Esto es una gran noticia para las familias mexicanas, ya que en años recientes la Suprema Corte ha emitido resoluciones clave que se enfocan en aumentar los montos de pensión y ampliar los beneficiarios, en este caso para los padres.

La SCJN determinó que, si no hay viuda, viudo, concubina(o) o hijos con derecho a pensión, los padres del trabajador fallecido tienen derecho a recibir el 90% de la pensión, no solo el 20% como se limitaba anteriormente.

Conforme a la Ley del Seguro Social de 1973, la pensión que corresponde a los beneficiarios del trabajador o asegurado fallecido varía de acuerdo con el tipo de parentesco. Para la esposa, esposo, concubina o concubinario corresponde el 90%, para los hijos el 20% (o el 30%, cuando sean huérfanos de padre y madre) y, en caso de que no exista viuda, huérfanos, ni concubina con derecho a pensión, se otorga el 20% a los ascendientes que dependan económicamente del asegurado.

La Corte explico que la pensión no es una concesión gratuita o generosa, es un derecho que se va gestando durante la vida del trabajador con sus aportaciones con la finalidad de garantizar la subsistencia de sus beneficiarios después de su muerte, entre los cuales se encuentran el cónyuge o concubinario, los hijos y los ascendientes que sean dependientes económicos.

Corte da un revés al IMSS deberá pagar más a estos pensionados

Luego de la resolución el IMSS se ve obligado a asegurar pagos justos, a partir de ahora los afectados pueden solicitar montos mayores presentando evidencia de dependencia económica, además los trámites deberán ser ágiles protegiendo los derechos del trabajador.

Eliminación de discriminación por lazos familiares: Todos los dependientes directos obtienen el mismo porcentaje base de la pensión.
Posibilidad de reclamaciones retroactivas: Se pueden demandar ajustes por pagos insuficientes anteriores a través de vías judiciales.
Notificaciones y ajustes automáticos: El IMSS contactará a los beneficiarios para actualizar sus pagos mensuales de forma expedita.
Ojo, pues también se amplía la protección de hermanos y otros familiares cuando no haya hijos o cónyuges, sólo se debe comprobar la dependencia económica mediante comprobantes financieros.

De este modo la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la Ley del Seguro Social de 1973 transgrede el derecho a la igualdad al establecer porcentajes diferentes para calcular la pensión por ascendencia, respecto de la pensión de viudez. La notificación fue publicada el 29 de noviembre del 2023.

¿Cómo realizar el cálculo de tu pensión actualizada?

Lo primero que debes hacer es acudir a una subdelegación del IMSS, ahí te explicarán lo que necesitas para darle avance a tu trámite. Recuerda que el monto de pensión se determina con base en el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, más los años totales de servicio.

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