INAI ordena transparentar convenio sobre rifa de avión presidencial
La Lotería Nacional (Lotenal) debe transparentar el acuerdo con el Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado (INDEP) sobre la rifa del avión presidencial e identificar los dos mil millones de pesos prometidos en premios, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De este modo, debe informar sobre el Convenio de Colaboración suscrito entre la Lotería Nacional y el INDEP, celebrado el 12 de marzo de 2020: las acciones que se llevaron a cabo, los descuentos que se hicieron por gastos de operación de la Lotenal para el Gran Sorteo 235; los remanentes, la transferencia de estos y sus rendimientos, además de la rescisión o terminación del convenio de colaboración, así como sus anexos y adendums.
También se tienen que dar a conocer todas las comunicaciones vía correo electrónico entre ambas instancias y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que estén relacionadas con el Gran Sorteo Especial 235; así como las bases de colaboración.
“Debe haber un convenio de colaboración, una relación de documentos que identifiquen para dónde se fue ese dinero”, expuso el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas.
El comisionado Francisco Javier Acuña Llamas apuntó que toda la información que se solicitó es viable que se presente para identificar la ubicación del dinero del sorteo.
“Lo que se está pidiendo es absolutamente dable, porque debe haber un convenio de colaboración, una relación de documentos que identifiquen para dónde se fue ese dinero y que, además, se explique cómo fue que hubo esos trasvases de dinero”, expuso.
Asimismo, señaló que, para localizar la información, la Lotenal primero pidió que se aclarara la petición, por lo que la persona solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI.
“Hubo una táctica, que es: aclare usted, así como está la pregunta no se entiende o no es suficiente para encontrar con precisión lo que se reclama. Una salida muy habilidosa de los sujetos obligados, pues la aclaración hace que se gane tiempo”, expuso.
Al analizar el caso, Acuña Llamas advirtió que la Lotenal no cumplió con el procedimiento de atención a solicitudes de acceso a la información previsto en la ley en la materia, pues únicamente requirió la aclaración de la petición, sin activar el procedimiento de búsqueda.
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