Confirma TEV elecciones municipales de Xalapa y Camerino Z. Mendoza
Xalapa, Ver.- En sesión pública virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) confirmó los resultados de la elección municipal de Xalapa, Veracruz.
En los recursos de inconformidad 218 y 219 de este año, promovidos por los partidos políticos Unidad Ciudadana y Todos Unidos por Veracruz.
Tras realizar el análisis de los agravios esgrimidos por los actores políticos se obtiene que algunos resultan inoperantes, y otros más infundados.
Esto es así, toda vez que se advierte que algunos actos debieron ser impugnados en el momento que se generaron, pues como ha quedado referido son correspondientes a actos de preparación de la Jornada Electoral.
En consecuencia y en atención a los principios de presunción de constitucionalidad, así como al de conservación de los actos y resoluciones de las autoridades electorales, al no acreditarse el elemento de lo determinante, es que ameritan la calificativa de inoperantes e infundados.
Respecto al rebase de tope de gastos aducido por el recurrente, se tiene que del Dictamen Consolidado de Gastos de Campaña remitido por el Instituto Nacional Electoral se conoce que el candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz” cumplió con la normativa respecto al uso y destino de los recursos utilizados en campaña electoral y que por lo tanto no rebasó el tope al efecto establecido por el Ople Veracruz.
En otro orden de ideas, en el recurso de inconformidad 24 de este año y su acumulado 129; interpuesto por los partidos políticos Encuentro Solidario, Acción Nacional, Revolucionario institucional, en contra de la declaración de validez, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría a favor del candidato postulado por la coalición “Juntos Haremos Historia” en la elección de Ayuntamiento del Municipio de Camerino Z. Mendoza, Veracruz.
Al no acreditarse una afectación sustancial que pueda alterar el resultado de la votación, debe prevalecer la conservación de los actos públicos válidamente celebrados, en los términos en los que se explica detalladamente en el proyecto.
Respecto a la nulidad de elección por actualizarse violencia política en razón de género, se establece que aun cuando logra actualizarse la irregularidad suscitada por un medio de comunicación de la red social Facebook; no puede comprobarse la determinancia con la que se pudiese establecer o deducir que la irregularidad.
Por lo tanto, se confirma el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría expedidas a favor de la fórmula de candidatos postulada por la coalición Juntos Haremos Historia del Ayuntamiento de Camerino Z Mendoza.
CD/GL
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