Circula información errónea sobre amparos otorgados en Chiapas: INM

* Hasta ahora se han promovido cuatro demandas que favorecen a 82 personas migrantes
* Este procedimiento judicial no permite el libre tránsito de las personas quejosas por el país, por lo que deben permanecer en la entidad
Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Migración (INM) de la Secretaría de Gobernación, advierte que es imprecisa la información difundida sobre la supuesta interposición de entre 500 y más de mil amparos ante juzgados federales con residencia en la ciudad de Tapachula, Chiapas, por parte de las organizaciones civiles Centro de Dignificación Humana y Pueblo Sin Fronteras.
La Oficina de Representación del INM en Chiapas únicamente tiene constancia formal de cuatro juicios de amparo a favor, en total, de 82 personas originarias de Honduras, El Salvador, Nicaragua, Venezuela y Cuba.
A la fecha, los Juzgados Tercero y Cuarto de Distrito en el estado de Chiapas –instancias en las que radican las demandas de amparo– han concedido la suspensión de plano a favor de las personas quejosas, 41 en cada instancia jurisdiccional, de las nacionalidades mencionadas.
La suspensión de plano impide que las personas migrantes sean “deportadas, desterradas o repatriadas a su país de origen” y ordena al INM “mantener las cosas en el estado en el que se encuentran”, a la espera de que se dicte una sentencia ejecutoria.
Con base en lo anterior, se advierte que el estatus actual de los amparos es “en trámite”, situación que no permite el libre tránsito de las personas migrantes extranjeras por el país, por lo que deben permanecer en el estado de Chiapas a la espera de un fallo definitivo.
El INM hace de conocimiento esta información para que las personas migrantes no sean sorprendidas con información errónea, documentos falsos o víctimas de extorsión.
Asimismo, refrenda su compromiso por una migración segura, ordenada y regular, con pleno respeto a los derechos de las personas en contexto de movilidad, así como el cumplimiento a toda determinación que emitan los órganos jurisdiccionales del país y del estado de Chiapas determinen sobre los juicios de amparo en cuestión.
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