Oct 08, 2026 / 09:07

Ambientalistas alertan por fallo que impide a SEMA revisar proyectos turísticos en Quintana Roo

Ciudad de México.- Organizaciones ambientalistas consideraron necesario revisar los proyectos inmobiliarios y turísticos de competencia federal autorizados por la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente de Quintana Roo (SEMA). Lo anterior luego de que un juzgado de distrito declaró a la dependencia estatal como incompetente para resolver la autorización de impacto ambiental del complejo ALUX 33, en Puerto Morelos, por tratarse de un ecosistema costero.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), la asociación Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (Dmas), Grupo Gema y Puerto Morelos Sustentable, señalaron que dicha sentencia representa un precedente de “enorme relevancia” para la protección de los sistemas costeros del estado.

Indicaron que el tribunal determinó que la SEMA carecía de competencia legal para evaluar y autorizar ambientalmente el proyecto ALUX 33 debido a su interacción con un ecosistema costero de manglar, cuya evaluación corresponde a la Federación conforme a la legislación ambiental. Como consecuencia, la secretaría estatal se declaró “legalmente incompetente” para conocer y resolver la solicitud del inmueble.

Las organizaciones reprocharon que ésta no es la primera vez que la SEMA incurre en prácticas de invasión de competencias federales, falta de transparencia y obstáculos a la participación ciudadana en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental.

“Este caso obliga a preguntarnos cuántos otros proyectos en las costas de Quintana Roo han sido sometidos a procedimientos estatales de evaluación ambiental, cuando por su ubicación o por las características del ecosistema afectado, correspondía evaluara la autoridad federal”, aseveraron. 

Plantearon que en proyectos inmobiliarios como SOLE BLUE, en Puerto Morelos, y LECAGY, en Playa del Carmen, “existen antecedentes de autorizaciones y procedimientos ambientales estatales que deben ser analizados a la luz del criterio establecido por el juzgado noveno”.

Añadieron que esta resolución es una “oportunidad para fortalecer la nueva legislación ambiental”. Para ellos, la iniciativa de reforma a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente debe dejar claro que ningún mecanismo de regulación puede utilizarse para convalidar una autorización emitida por una instancia que carezca de competencia, ni para sustituir la evaluación ambiental que debe realizar la autoridad federal competente.

Con información de: La Jornada

CD/AT

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