Se acabó el ruido en el Metro: comerciantes ya no podrán gritar ni usar bocinas
Ciudad de México.- Los comerciantes que operan dentro de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro tendrán que ajustarse a nuevas reglas de operación, entre ellas la prohibición de gritar para promocionar productos y utilizar bocinas, altavoces, radios u otros equipos que generen contaminación auditiva.
Las nuevas disposiciones forman parte del Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del STC, que entrará en vigor este jueves y sustituirá al reglamento vigente desde 2020.
El ordenamiento establece una serie de obligaciones y restricciones para quienes cuentan con espacios comerciales dentro de la red del Metro, con el objetivo de mantener condiciones de seguridad, orden y protección civil.
Más restricciones para los comerciantes
Entre las prohibiciones destaca el uso de cualquier aparato de sonido que pueda generar contaminación auditiva. Los locatarios tampoco podrán utilizar estufas, calentadores, hornos o equipos que eleven la temperatura al interior de las estaciones o representen algún riesgo.
El reglamento también prohíbe actividades como el consumo de bebidas alcohólicas o drogas dentro de las instalaciones, la portación de armas y la venta de pornografía.
Los comerciantes deberán portar identificación y uniforme, mantener botes de basura dentro de sus establecimientos y hacerse responsables de la correcta gestión de los residuos sólidos.
Además, tendrán que garantizar que los productos que comercializan hayan sido adquiridos legalmente.
Una de las nuevas medidas de seguridad establece que los locales deberán contar con vidrios inastillables. Aquellos establecimientos que todavía tengan cristales astillables tendrán que sustituirlos y colocar la señalización correspondiente.
¿Qué se podrá vender?
El reglamento mantiene una amplia variedad de giros comerciales permitidos. Entre ellos se encuentran alimentos preparados, artículos domésticos, equipos de tecnología, telecomunicaciones, impresión, fotografía, audio y video.
También se contemplan establecimientos relacionados con artículos de oficina, deportes, recreación, instrumentos musicales, juguetes, textiles, flores, servicios de salud, relojería, joyería, publicaciones impresas, productos de aseo personal, peluquerías y venta de billetes de lotería, entre otros.
En contraste, quedan fuera actividades como la venta de bebidas alcohólicas, máquinas de videojuegos y tragamonedas, ferreterías, sustancias químicas peligrosas, materiales inflamables y explosivos.
Horarios y sanciones
Los locales podrán operar desde una hora después de la apertura del Metro y deberán cerrar dos horas antes de que termine el servicio.
El incumplimiento de las disposiciones podrá generar sanciones de hasta 200 UMAS, equivalentes a aproximadamente 23 mil 462 pesos, además de la posible suspensión del permiso para operar dentro de las instalaciones.
El nuevo reglamento también contempla la creación de un Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios, encabezado por la Dirección General del STC, que tendrá entre sus funciones la administración de estos espacios.
Comercio sí, pero sin poner en riesgo a usuarios
El Metro reconoció que su función principal es el transporte de pasajeros, aunque señaló que la actividad comercial dentro de sus instalaciones también representa una fuente importante de empleo.
De acuerdo con datos citados de la Secretaría de Desarrollo Económico, el comercio formal genera 22.7 por ciento del empleo y alrededor de 16 por ciento del Producto Interno Bruto local.
Por ello, el STC plantea que la actividad comercial pueda continuar dentro de sus instalaciones, siempre que sea compatible con la operación del Metro y que se respeten las medidas de seguridad y protección civil.
Con la entrada en vigor de las nuevas reglas, los comerciantes tendrán que adaptar sus actividades a un esquema más estricto, particularmente en materia de ruido, seguridad, manejo de residuos y prevención de riesgos.
CD/YC
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A ver, ¿cómo te lo explico?...🤣🤪😁
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