Ambientalistas piden a la SCJN atraiga caso de desarrollo urbano en Mahahual
Mahahual, Qr.- El equipo jurídico de la agrupación Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), buscará que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atraiga el tema de las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano (PDU) de Mahahual, como parte del derecho a un medio ambiente sano, señaló la abogada Mónica Huerta.
Explicó que la petición busca que la Suprema Corte defina por primera vez el alcance del acceso a la justicia ambiental frente a modificaciones de Programas de Desarrollo Urbano que pueden afectar ecosistemas y comunidades, por ello, a nombre de ciudadanos de Mahahual, el pasado 9 de junio presentaron una solicitud formal ante la Corte para que revise la situación de los tres recursos de queja relacionados con la modificación del Programa de Desarrollo Urbano de Mahahual, Quintana Roo.
La solicitud fue presentada ante la Presidencia de la Suprema Corte para que se revisen los recursos de queja 76/2026, 112/2026 y 113/2026 que hay ante el Primer Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en Quintana Roo, derivados de los juicios de amparo 57/2026, 129/2026 y 134/2026.
Dijo que la solicitud reúne los requisitos constitucionales de interés y trascendencia para ser resuelto por el máximo tribunal del país; expone que tres grupos distintos de ciudadanos promovieron juicios de amparo contra las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano de Mahahual; sin embargo, ninguno de ellos ha podido obtener un análisis de fondo de sus planteamientos debido a resoluciones que calificaron de manera distinta la naturaleza jurídica de los actos reclamados, por lo que fueron desechadas sus demandas.
Insistió que la solicitud sostiene que la intervención de la Suprema Corte permitiría establecer criterios nacionales sobre temas de enorme relevancia, entre ellos el alcance del derecho humano a un medio ambiente sano frente a los Programas Municipales de Desarrollo Urbano; el reconocimiento del interés legítimo de las comunidades para impugnar decisiones de planeación urbana que puedan afectar su entorno.
De igual manera atiende los plazos para acceder al juicio de amparo en materia ambiental bajo una interpretación que garantice el acceso efectivo a la justicia, conforme a la Constitución y al Acuerdo de Escazú; la aplicación de principios ambientales como el principio precautorio, el principio de participación ciudadana y el principio “in dubio pro natura” (ante la duda, a favor de la naturaleza) en la planeación del territorio.
Con información de: La Jornada
CD/AT
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