Semarnat impugna resolución que permitió construir “Harbor 2” sin evaluación ambiental
Ciudad de México.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) interpuso un recurso de revisión ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) contra la resolución emitida por la Segunda Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que permitió el desarrollo del proyecto turístico “Harbor 2” sin someterse a evaluación de impacto ambiental.
La dependencia indicó que de confirmarse esta decisión, “el proyecto se convertiría en un caso excepcional en el país, al poder construirse y operar sin autorización ambiental y sin posibilidad de ser inspeccionado, lo que significaría un fuero de impunidad ambiental contrario al principio de legalidad y a las obligaciones del Estado mexicano en materia de protección al medio ambiente”.
El desarrollo “Harbor 2” contempla la construcción de seis torres de 25 niveles, con casi mil departamentos, estacionamiento subterráneo, áreas comerciales y recreativas sobre un predio de 18 mil metros cuadrados en la zona costera de Las Glorias, Puerto Vallarta, Jalisco.
Advirtió que la actuación del tribunal administrativo al validar el proceder irregular de la empresa pone en riesgo la correcta aplicación de las leyes ambientales y contradice el derecho humano a un medio ambiente sano. Además, señaló que en dos ocasiones se le impidió presentar alegatos, vulnerando su derecho de audiencia y el debido proceso.
En su impugnación, la Secretaría subrayó que una decisión de esta naturaleza debilita los principios de prevención, equidad intergeneracional y sustentabilidad que sustentan la política ambiental nacional. Asimismo, advirtió que el precedente podría abrir la puerta a que otros desarrollos intenten evadir la evaluación ambiental mediante mecanismos administrativos irregulares.
Por ello, la dependencia solicitó al Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México que revoque la sentencia y evite un precedente que debilite la aplicación de la legislación ambiental o genere impunidad a través de un fraude procesal.
Con información de: La Jornada
CD/AT
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