Multas millonarias a autoridades que no colaboren a elaborar la nueva CURP

La reforma que convierte a la Clave Única de Registro de Población (CURP) en el documento de identificación obligatoria en el país faculta a la Secretaría de Gobernación a establecer mecanismos de coordinación y colaboración con autoridades de los tres órdenes de gobierno, a fin de que le transfieran los datos biométricos que serán integrados al instrumento.
Estas autoridades tendrán un plazo no mayor a 90 días, contados a partir de la entrada en vigor de la modificación legislativa, para habilitar las herramientas que permitan la consulta, traspaso y validación de la información para su incorporación a la CURP. [JORNADA / p7]
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