Con dictamen incongruente y manipulado pretenden vincular a proceso a mujer embarazada
Veracruz, Ver. 11 de octubre de 2021.- Este medio informativo tuvo acceso a la opinión técnica de Evaluación de Riesgos, emitida por la encargada de la unidad de medidas cautelares Veracruz Centro-Norte, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, la Psicóloga MARÍA DEL PILAR ROA BANDALA, de los señores CELSO ERICK GARRIDO DEL CASTILLO y ANA ISABEL MARTÍNEZ TORRES (quien se encuentra en estado de gravidez) en donde tan solo de su lectura se puede advertir que no existe congruencia con la información que se detalla en la misma, con las recomendaciones que se emite por parte de la encargada de la unidad, en el sentido de que se debe decretar como medida cautelar la prisión preventiva justificada, atentando contra el derecho humano de presunción de inocencia y la libertad de dos personas.
Con la información vertida en dichos documentos, se ratifica que los señores ANA ISABEL MARTÍNEZ TORRES y CELSO ERICK GARRIDO DEL CASTILLO, son personas con arraigo en este Distrito Judicial (zona Conurbada), que viven a no más de 10 kilómetros del juzgado de Procesos, en donde se encuentra radicado el proceso penal No. 314/2020, que son personas que tienen un trabajo estable, con antigüedad de por lo menos 10 años, honestas, dedicados a su trabajo, que cuentan con bienes propios.
Con la información que proporcionaron las bases de datos de la subdirección de Medidas cautelares, Xalapa, Ver., del casillero judicial del Estado, en la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública, se advierte que los señores ANA ISABEL MARTÍNEZ TORRES y CELSO ERICK GARRIDO DEL CASTILLO, no cuentan con antecedentes penales, solo tienen registros en el directorio ciudadano, licencia de conducir y registros vehiculares y en cuanto al señor CELSO ERICK GARRIDO DEL CASTILLO, es el único que está sujeto a una medida cautelar, derivado del proceso penal No. 370/2021, del índice del juzgado de proceso y procedimiento penal oral, de la Sala C, de este Distrito judicial, en donde la jueza de control ARACELI ESTRADA, dictó auto de vinculación a proceso, por el delito de incumplimiento de dar alimentos, hechos denunciados igualmente por la señora YASMÍN GÓMEZ BELLO, a quien por su cercanía con las fiscalías y autoridades penitenciarias, se ha visto hasta este momento favorecida, aun cuando en ninguno de los procesos haya delito alguno que perseguir.
En esa comparación realizada, evidentemente la recomendación de prisión preventiva justificada, es ilegal y a todas luces contraria a la información recabada, pues de acuerdo a la misma, ninguno de los dos, representan peligrosidad a la sociedad, para obstaculizar el proceso o para sustraerse de la justicia, como pretende hacerlo ver la encargada de la unidad de Medidas Cautelares.
CD/GL
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