Corte avala el cambio de régimen laboral en organismos públicos descentralizados
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las relaciones laborales en los organismos públicos descentralizados (OPD) se podrán regir, a partir de esta fecha, por el apartado B del artículo 123 constitucional, tal y como ocurre con toda la administración pública federal.
De esta forma, quedó sin efectos la Jurisprudencia 1/96, con 25 años de antigüedad, que normaba la relación laboral de los trabajadores en los OPD, incluidos en el artículo 1 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Durante la sesión del Pleno de Ministros realizada este lunes, también se resolvió que con la sustitución de jurisprudencia 2/2020, no habrá efectos retroactivos que perjudiquen o afecten las relaciones de los trabajadores.
Trabajadores de diferentes organismos habían manifestado su inconformidad ante la sustitución de tesis, al considerar que un cambio del apartado A al B tendría efectos en la disminución de sus derechos laborales, entre ellos su libertad de asociación y el derecho de huelga.
Algunos de los grupos que se movilizaron fueron los 26 Centros Públicos de Investigación que reciben financiamiento del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
La ministra ponente de este asunto, Yasmín Esquivel, afirmó que la resolución del Pleno no afectará los derechos ya adquiridos por los trabajadores.
La nueva jurisprudencia no podrá modificar situaciones de hecho, ni generar afectación a la seguridad jurídica, tanto de las instituciones como de sus trabajadores, por lo que los organismos descentralizados federales existentes continuarán rigiendo sus relaciones laborales conforme al régimen previsto en su ley, decreto, acuerdo o instrumento de creación, pero sobre todo, de ninguna manera esta situación afectará derechos de los trabajadores”, indicó la ministra Esquivel.
El Pleno de Corte resolvió que el texto de la nueva tesis será definido en una sesión que se desarrollará de manera privada, y deberá contener los puntos acordados en esta sesión, sin efectos retroactivos.
Con información de: Excélsior
CD/GL
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